domingo, 26 de junio de 2011

EL P EJECUTIVO CUMPLA EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PUBLICOS Y PRIVADOS LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LA LEY 962 DE ACCESIBILIDAD FISICA PARA TODOS



PROYECTO DE DECLARACIÓN
Autores: PRESMAN, CLAUDIO - CAMPOS, ANTONIO RUBEN


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo con carácter de urgencia cumpla en los establecimientos educativos, públicos y privados los requisitos exigidos por la ley 962 de accesibilidad física para todos.



Fundamentos

Sr Presidente

El 3 de marzo de 2011, la Sala II de la Justicia Contenciosa de la Ciudad confirmó la sentencia que obliga al GCBA a garantizar el derecho a la educación de niños/as con discapacidad. Pero el gobierno presentó un pedido de inconstitucionalidad para que el Tribunal Superior de la Ciudad deje sin efecto la sentencia, demostrando una vez más el poco interés en trabajar en el cumplimiento de la ley y en su obligación de garantizar el derecho a la educación de los niños/as con discapacidad.

En enero de 2009, a raíz de una acción de amparo presentada por Acceso YA. (con el asesoramiento legal de la Comisión Pro Bono y R.E.D.I, y técnico de Fundación Rumbos), la justicia había ordenado al Gobierno de la Ciudad que inicie distintas acciones para garantizar la accesibilidad en las escuelas, tanto públicas como privadas, en un plazo de 240 días, ya que los diversos informes técnicos presentados por Acceso YA. revelaron que: el 95% de las escuelas privadas y 75% de las públicas porteñas no cumplen ni siquiera con condiciones mínimas de accesibilidad: no cuentan con rampas de acceso para que ingrese una persona en silla de ruedas y/o carecen de ascensores y/o baños adaptados, entre muchos otros obstáculos.
La Jueza a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 4, Elena Liberatori hizo lugar a la demanda de accesibilidad, respaldando su decisión en los Derechos del niño, la igualdad ante la ley, la no discriminación y en el sistema de protección internacional, nacional y local de las personas con discapacidad, rechazando la apelación del Gobierno de la Ciudad.
La magistrada destaca, en los fundamentos del fallo, las conclusiones a las que arriba el Asesor tutelar interviniente, Gustavo Moreno, quien expresó en su dictamen: “La escuela debe ser el lugar donde todo niño/a sin importar su condición física desarrolle sus capacidades, ejerciendo sus derechos y libertades a fin de crecer y madurar como persona, y no ser bajo ningún punto de vista un lugar donde sus dificultades se vean agravadas por culpa de la Administración que omite cumplir con sus obligaciones establecidas en la ley; tal cual ha quedado plasmado en los presentes autos”. Agrega: “Todas las personas tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley. Se reconoce y garantiza el derecho de ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de caracteres físicos,...o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo”.
La Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce la importancia de la accesibilidad al entorno físico, social, económico y cultural, a la salud y la educación y la información y las comunicaciones, para que las personas con discapacidad puedan gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de Declaración.


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