miércoles, 2 de junio de 2010

Informes sobre predios del barrio de Villa Lugano


PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo, en un plazo de 30 días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, informe sobre los siguientes predios:
a) Conformación parcelaria del polígono comprendido por las Avda. Castañares, Avda Lacarra, Avda. Escalada y Vías del Ferrocarril Belgrano;
b) Remisión de las planchetas catastrales y la acreditación de la titularidad desde el año 2000 y las modificatorias correspondiente a la actualidad si las hubiera;
c) Conformación parcelaria del polígono comprendido por las Avdas Escalada, Avda. Gral. Francisco Fernández de la Cruz y Vías del FFCC. Belgrano;
d) Remisión de planchetas catástrales y acreditación de la titularidad desde el año 2000 y las modificatorias correspondiente a la actualidad si las hubiera;
e) Conformación parcelaria del polígono comprendido entre las Avdas Escalada, Avda. Gral. Francisco Fernández de la Cruz y Avda. Coronel Roca;
f) Remisión de las planchetas catastrales y la acreditación de la titularidad desde el año 2000 y las modificatorias correspondiente a la actualidad si las hubiera;
g) Normativa que dio lugar a cambios de distrito de zonificación en cualquiera de los polígonos mencionados anteriormente.
Art. 2°.- Comuníquese, etc.
Señor Presidente:
Luego de un exhaustivo estudio del código de planeamiento urbano y sus actualizaciones anuales que corresponde realizar a la Subsecretaria de Planeamiento Urbano del Ministerio de Desarrollo Urbano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Ing. Mauricio Macri, y de cotejar los planos respectivos (planchetas), hemos descubierto importantes irregularidades que acreditan falsedades documentales mediante las cuales se miente a los vecinos de la ciudad sobre cuestiones no menores que afectan, entre otros aspectos, la necesaria preservación
estratégica de espacios verdes fundamentales para el desarrollo y calidad de vida de los que vivimos en esta ciudad.
Con asombro y preocupación advertimos que el predio circunscripto por las Avdas. Gral Francisco Fernández de la Cruz, Lacarra, Escalada y Coronel Roca de la Ciudad de Buenos Aires zonificado en el año 2000 como Urbanización Parque (UP, Áreas destinadas a espacio verde y parquización de uso público), según surge de la Ley Nº 449 (Sancionada el 2 de agosto de 2000, publicada en el Boletín Oficial Nº 1044 de
fecha 9 de octubre del 2000) hoy se encuentra en las planchetas oficiales entregadas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como distrito de zonificación E4 51, destinadas para asignar a fines muy distintos de aquellos que permite la primera denominación, sin haberse realizado los trámites y pasos legales que mandan las leyes vigentes para pretender una modificación de esa entidad.
Se trata de modificaciones ilegales realizadas al Código de Planeamiento Urbano, sus actualizaciones anuales llevadas adelante por la Subsecretaría de Planeamiento Urbano del Ministerio de Desarrollo Urbano y reflejadas falsamente en sus planchetas, sin haberse observado y cumplido las normas legales vigentes en la materia.
No se han seguido los procedimientos constitucionales y legales vigentes para su legítima modificación: no ha intervenido la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires de conformidad con lo normado por los artículos 81 inc. 3; 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
El desprecio por el cumplimiento de la ley adquiere mayor gravedad cuando se ponderan los importantes peligros que la señalada adulteración provoca para la preservación estratégica de espacios verdes en la ciudad y un cabal desarrollo y calidad de vida de los vecinos, pues en cualquier momento, merced al irregular cambio de designación de los fundos mencionados, podría la ciudad decidir afectarlo a los nuevos destinos que la ilegal calificación permitiría en clara contravención a las necesidades y derechos de los que vivimos en la ciudad de Buenos Aires.
En el día de la fecha hemos presentado una nota, al Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ing. Mauricio Macri, para que adopte las medidas que correspondan para subsanar las irregularidades advertidas en los textos oficiales que integran el Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
sus actualizaciones, como las planchetas agregadas, recurriendo en su caso y de corresponder, a la promoción de las acciones contencioso administrativo para el hipotético supuesto que la administración adolezca de las alternativas legales para corregir las irregularidades señaladas. También se requirió adopte, sin dilaciones, todas las diligencias legales necesarias para interrumpir y/o suspender cualquier proceso licitatorio, concesión, permiso de uso o constitución de cualquier derecho sobre dichos terrenos de dominio público de la ciudad con el objeto de realizar alguno y/o algunos de los emprendimientos
que, de acuerdo a la ilegal rotulación actual del fundo, se pretendiera atribuir. En su defecto, se lo intimó, se abstenga de realizar cualquier acto administrativo que presuponga ponderar el predio en las ilegales condiciones actuales en que se encuentra de acuerdo a la Constitución y las leyes de la Ciudad de Buenos Aires, bajo apercibimiento de hacerlo responsable civil y penalmente por la eventual realización de actos administrativos viciados en función de los antecedentes descriptos.
También se solicitó que ordene la formación de las investigaciones sumariales internas tendientes a determinar las responsabilidadespertinentes y la aplicación de las sanciones administrativas que establezca la legislación vigente, debiendo proceder a formular denuncia penal de reunirse elementos suficientes para sospechar que dichos comportamientos ilegales infringen disposiciones del Código Penal de la Nación. En atención a la cuestión ambiental comprometida, y los eventuales perjuicios que podrían generarse, se le requirió la inmediata intervención del área y/o dependencia del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que corresponda, de conformidad con las disposiciones constitucionales vigentes en la materia.
Por lo antes expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto de Resolución.

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