sábado, 21 de agosto de 2010

EL PODER EJECUTIVO INFORMARA SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 1575 (BOCBA 2117) FONDO DE EMERGENCIA PARA SUBSIDIOS POR INUNDACIONES.


PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos correspondientes y en el plazo de treinta (30) días de recibida la presente, informe, sobre los siguientes puntos referidos al cumplimiento de la Ley 1.575 modificada por la Ley 3.405 respecto de los fenómenos climáticos del año en curso:

a) Comunique cuantas solicitudes ha recibido la Subsecretaria de Emergencias respecto de los subsidios por inundaciones.

b) Informe cuantas de estas solicitudes han sido verificadas, y en el caso de demora indique los motivos de la misma.

c) Indique cuantas de las solicitudes que han cumplido con todos los requisitos, han sido admitidas, y si se han emitido las respectivas órdenes de pago.

d) Cuantas solicitudes que han cumplido con los requisitos se encuentran a la espera de la orden de pago.

e) Indique el monto del Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones, y el estado de ejecución en el transcurso del año 2010.

f) Se informe respecto de las Comuna 5, 6, 13 y 15, siendo éstas donde más ha impactado este fenómeno, cuantas solicitudes ha recibido y cuantas ordenes de pago se emitieron.

g) Atento la utilización de una pagina Web para brindar información sobre este tema, indique los motivos por los cuales los datos de la misma no se encuentran actualizados respecto a la modificación de la Ley 1575 por la Ley 3405.



Art. 2: Comuníquese.



FUNDAMENTOS

SEÑOR PRESIDENTE:

El presente pedido tiene como objeto requerir al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un informe respecto a las solicitudes de subsidios de acuerdo a lo establecido en la Ley 1575 y su modificatoria 3405, durante el año 2010.

Este pedido se fundamenta en la falta de datos precisos respecto de la situación del Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones, y el número de solicitudes otorgadas y denegadas.

Es de público conocimiento, que en febrero del corriente año han acontecido fenómenos climáticos, generando un grave daño en ciertos barrios de la Capital. La ley 1575 antes de la reforma por la Ley 3405 no le permitía al vecino de la Ciudad una reparación plena frente a la desidia del Poder Ejecutivo, generando una disminución en la calidad de vida de los porteños.

Por todo lo expuesto, es que solicito la aprobación del presente Proyecto.

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