jueves, 12 de agosto de 2010

Proyecto de Ley. Créase en el ámbito de la Ciudad el Registro individual de socorristas.


PROYECTO DE LEY


Articulo 1.- Crease en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Registro Individual de Socorristas, en el cual se inscribirán aquellas personas que hayan realizados cursos de socorrismo en establecimientos públicos o privados, reconocidos oficialmente.

Art. 2.- La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Salud, que designará al SAME como responsable de su instrumentación y actualización permanente.

Art. 3.- A través de los dispositivos que la reglamentación establezca, la autoridad de aplicación debe realizar las siguientes acciones:
a) Implementar el registro para la inscripción de las personas que posean titulo de socorristas emitidos por Organismo oficial público o privado.

b) Realizar una revalidación del nivel de formación alcanzado por las personas que se inscriben, para constatar que se encuentren en condiciones de efectuar tareas de socorrismo.

c) Otorgar las credenciales que acrediten el nivel de capacitación alcanzado ( básico, medio o superior), que permita su reconocimiento en la vía publica o en cualquier espacio donde pueda ser necesario su accionar.
d) Controlar y supervisar a través del Programa de Docencia e Instrucción Permanente del SAME la currícula pedagógica que instrumente todo establecimiento público y privado reconocido oficialmente y el dictado de las normas de procedimiento en materia de socorrismo

e) Desarrollar cursos de actualización en Socorrismo siendo referente de todos aquellos institutos que brinden este tipo de formación.
f) Efectuar reuniones periódicas con los inscriptos en el registro, para lograr mayor coordinación y efectividad en su accionar.

g) Elaborar material de información teórico-práctica permanente para los inscriptos que beneficien su desempeño.

h) Disponer de una ficha actualizada con los datos de los socorristas para una eventual situación de emergencia.

i) Poner a disposición de Defensa Civil el registro actualizado, posibilitando la articulación en situaciones de desastre.

j) Estimular en los profesionales del arte de curar y en sectores vinculados a la emergencia, conciencia y espíritu de colaboración y respeto por las acciones que desarrollen los socorristas.

k) Elaborar normas que articulen el accionar de los socorristas con el sistema de emergencias de la Ciudad (SAME)


Art. 4.- Contar con un seguro de responsabilidad civil que proteja el accionar de los socorristas.

Art. 5.- Los gastos que demande esta ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.

Art. 6- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente,



Cuando se produce un desastre ya sea de origen natural, biológico, químico, social o un accidente individual, la primera respuesta es brindada por las personas que se encuentran ocasionalmente en el lugar del evento o junto a la victima. Estas personas por lo general carecen de entrenamiento, realizando en muchos casos acciones que en lugar de beneficiar, perjudican ya sea la salud del afectado como el accionar ordenado de los sistemas de emergencia.

Estudios académicos establecen que el 50% de las personas que fallecen por infarto agudo de miocardio y el 60% de las muertes causadas por traumas, ocurren en el domicilio o en la vía pública.

En ese marco entendemos que capacitar a la comunidad en el entrenamiento adecuado y en el manejo de la emergencia, puede ser una tarea de significativa relevancia en materia de prevención.

En el año 2002, mediante el Proyecto 1588, la Legislatura aprobó la Declaración presentada por mí y por los Diputados Baltroc, Gottero, López de Castro, Marino y Rodríguez, en la que instábamos al Ejecutivo a implementar un Programa de Socorrismo dirigido a alumnos de establecimientos educativos de su dependencia y al personal profesional y no profesional del subsector estatal de Salud. Dicho Programa tendría por objeto promover y facilitar entrenamiento específico en el uso y aplicación de técnicas de rescate y/o resucitación en situaciones de emergencia.
Esta formación que durante años fue responsabilidad de la Cruz Roja, actualmente esta en manos de múltiples instituciones, tanto educativas como del ámbito de la salud que hacen que la formación sea disímil y heterogénea.
Muchos de estos cursos tienen un alto nivel de formación teórica pero adolecen de formación práctica, por lo cual muchos de sus egresados tienen grandes dificultades para accionar en situaciones concretas.

El socorrismo es el adiestramiento que permite prestar ayuda en caso de traumatismo o enfermedad, es el eslabón entre la víctima y el sistema de emergencia. Un socorrista es aquella persona que conoce las técnicas y maniobras básicas de resucitación cardiopulmonar (RCP), la administración de los primeros auxilios y la forma de comportarse en situaciones de desastre.

Dentro del concepto de " Socorrismo" se engloban una serie de aptitudes y conocimientos técnicos, necesarios para resolver favorablemente situaciones críticas que suponen un peligro grave e inmediato para la vida de las personas.
Los certificados que se otorgan no nos aseguran que esa persona esta apta y capacitada (el socorrista) para realizar una primera asistencia sanitaria a favor de la vida de otra persona que se encuentra dominada por una situación crítica.
Muchas personas que hicieron cursos de socorrismo no vuelven a actualizar sus conocimientos, o no implementan jamás una acción por temor a dañar al otro, ya que sienten que no han tenido prácticas suficientes, perdiéndose de esta manera recursos invalorables.

El desconocimiento por parte del sistema de salud de la CABA, de los recursos existentes en materia de socorrismo signifícan una oportunidad perdida en determinadas situaciones donde el trabajo de dichos socorristas podrían significar la salvación de la vida de un ser humano.

El SAME cuenta con profesionales de alto nivel para el manejo de la emergencia en el ámbito de la CABA y a través del Programa de Docencia e Investigación Permanente desarrolla tareas de capacitación, por lo cual seria conveniente que evaluara la currícula de los distintos organismos que brindan títulos de socorristas para asegurar el nivel de excelencia en la formación y en la capacidad de acción de los egresados. También en el caso de socorristas que manifiesten dudas sobre la práctica, el SAME podrá brindar practicas que completen su formación asegurando un mayor nivel de efectividad en el accionar.

Contar con un registro posibilitará conocer los recursos existentes y permitirá acreditar a través de una evaluación personal el nivel formativo (básico, medio o superior) que constará en una credencial que portara el socorrista para identificarse en la vía pública o en cualquier otro lugar donde se requiera su intervención.
Al tener el SAME un contacto periódico con los socorristas egresados de todos los organismos formadores, podrá asegurarse su actualización, la relación permanente entre sí y con Defensa Civil articulando un accionar programado y orgánico, evitando como tantas veces ha sucedido el desorden y la inoperancia.


Por todo lo expuesto es que se solicita la aprobación del presente proyecto.

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