viernes, 8 de octubre de 2010

ADHIERESE AL DIA UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS/AS.


PROYECTO DE DECLARACIÓN
Autores: PRESMAN, CLAUDIO - CAMPOS, ANTONIO RUBEN
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires expresa su adhesión al "Día Universal de los Derechos de los Niños/as" a realizarse el 20 de noviembre de cada año.

Fundamentos

Señor Presidente:


El 20 de noviembre de 1959 la Asamblea General de la Naciones Unidas aprobó la Declaración de los Derechos del Niño (resolución 1391/XIV). Treinta años más tarde, la Asamblea de 1989 sancionó la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (resolución 44/25).
Este acuerdo constituye un hito histórico ya que por primera vez las niñas y los niños del mundo son considerados titulares de un conjunto de derechos civiles y políticos en los que son contemplados en su condición de ciudadanos. La República Argentina ratificó dicha Convención en el año 1990. A sido ratificada por 191 países, convirtiéndose en el primer tratado internacional de derechos humanos con una aprobación casi universal.
En la Argentina, el Congreso de la Nación la ratificó en noviembre de 1990 a través de la ley 23.849 y, en agosto de 1994, fue incorporada a la Constitución de la Nación. A partir de ahí, nuestro país asumió el compromiso de asegurar que todos los niños y niñas tengan todos los derechos que se encuentran en la Convención.




La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ciudad en su artículo 39º reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos activos de sus derechos, les garantiza su protección integral y deben ser informados, consultados y escuchados. Se respeta su intimidad y privacidad. Cuando se hallen afectados o amenazados pueden por sí requerir intervención de los organismos competentes.
Se otorga prioridad dentro de las políticas públicas, a las destinadas a las niñas, niños y adolescentes, las que deben promover la contención en el núcleo familiar y asegurar:
1. La responsabilidad de la Ciudad respecto de los privados de su medio familiar, con cuidados alternativos a la institucionalización.
2. El amparo a las víctimas de violencia y explotación sexual.
3. Las medidas para prevenir y eliminar su tráfico.
La ley 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Los derechos y garantías enumerados en la presente ley deben entenderse complementarios de otros reconocidos en la Constitución Nacional, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, los Tratados Internacionales en los que el Estado Argentino sea parte y la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.
A pesar de todo, sabemos que desgraciadamente se siguen violando diariamente los derechos de millones de niños y niñas en todos los países del mundo y, por lo tanto, todas las instituciones públicas y privadas, por un lado, y la sociedad civil, por otro, deben responder a este reto y seguir luchado para que la Convención se convierta en una realidad en beneficio de los niños y niñas del mundo.

La realidad nos golpea todos los días, los niños y adolescentes siguen en la calle huérfanos. Los padres, la sociedad, la escuela, los medios masivos de comunicación y hasta el Estado se convierten en socios del abandono y la desprotección. Son muy pocos los chicos con discapacidad que acceden a oportunidades y pueden llegar a la facultad.
El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho
La discriminación étnica existe pero se naturaliza como pobreza extrema. El 30 de abril del 2008, el Centro Nelson Mandela denunció ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que el 100% de las 2.300 familias de la etnia toba del Impenetrable chaqueño sufren desnutrición, malnutrición o anemia.

Ayudar a los niños/as y adolescentes que comprendan sus derechos no es tarea fácil, pero es una tarea de todos. No significa que haya que obligarles a tomar decisiones para lo que no están preparados en razón de su edad. Pero si es necesario que los padres y educadores vayan abordando los temas paso a paso con el niño.
Ayudar a los hijos a comprender sus derechos no quiere decir que ellos dejan de tener responsabilidades. Los derechos también implican responsabilidad y compromiso.
Por todo lo expuesto precedentemente y la importancia de este dia, es que solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de Declaración.

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