viernes, 3 de junio de 2011

EL P. EJECUTIVO INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL ART. 10. 2.1 CODIGO DE PLAN. URBANO FONDO ESTIMULO PARA LA RECUPERACION DE EDIFICIOS CATALOGADOS"









PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Autores: CAMPOS, ANTONIO RUBEN - PRESMAN, CLAUDIO


Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que informe en un plazo no mayor a los treinta días sobre el cumplimiento del art 10.2.1 Código de Planeamiento Urbano "Fondo Estímulo para la recuperación de edificios catalogados":

a) Si se constituyo el fondo estímulo para la recuperación de edificios catalogados, caso contrario porque no se lo hizo,
b) Cuantos edificios catalogados se han recuperado con dicho fondo,
c) Cuantas donaciones y/o legados recibió el fondo,
d) Porque no se cumple con el artículo 10.2.1.5 de informar anualmente a la Legislatura sobre el monto de los recursos y su debida aplicación.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc

Señor Presidente:
Buenos Aires como pocas capitales del mundo se presenta al turista y a sus vecinos como un acabado catálogo de estilos arquitectónicos, producto de la riqueza de las culturas de quienes la han engrandecido.

La protección de ese patrimonio conformado por innumerables edificios ha sido planteada en la legislación vigente a través del Código de Planeamiento Urbano donde se incorporó una herramienta fundamental para poder financiar el arreglo de los edificios catalogados, ya que en muchos casos la puesta en valor de estas verdaderas obras de arte excede la capacidad económica de sus propietarios.

El fondo Estímulo para la Recuperación de Edificios catalogados esta compuesto del 15% de la recaudación que obtenga la Dirección General de Rentas por concepto de Derechos de Delineación y Construcción, por las partidas presupuestarias que se destinen a tal efecto, y los recursos que provengan de entidades nacionales o extranjeras con destino a la protección patrimonial

Sin embargo, hemos visto con preocupación no sólo como parte de ese patrimonio se destruye para dar paso a nuevas edificaciones, sino también el alarmante deterioro de numerosos ejemplares remarcables de la arquitectura de los siglos XIX y XX producto de la falta de mantenimiento o pérdida de gran parte de la ornamentación original.

Por eso consideramos necesario solicitar al Poder Ejecutivo una detallada información acerca de los fondos disponibles para la recuperación de edificios catalogados, así como también un detalle de las intervenciones que se han realizado con los mismos, a fin de evaluar el cumplimiento de lo prescripto en el Código de Planeamiento Urbano, para así contribuir a preservar este patrimonio que caracteriza a la Ciudad para las futuras generaciones.

Por lo expuesto, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.

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