martes, 28 de junio de 2011

EL PODER EJECUTIVO INFORME SOBRE LAS DEFENSORIAS ZONALES


PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Autores: PRESMAN, CLAUDIO - CAMPOS, ANTONIO RUBEN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad, que a través de los organismos correspondientes en un plazo de 30 (treinta) días de recibido el presente, en cumplimiento con lo dispuesto en el inciso 4) del articulo 83º y el inciso 4) del articulo 105º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informe sobre los siguientes puntos relacionados sobre las Defensorías Zonales:


1- Que recursos totales fueron afectados al funcionamiento de las Defensorias Zonales en el transcurso del año próximo pasado y cual ha sido el ejecutado real.

2- Qué recursos han sido afectados en el presente ejercicio fiscal y hasta la fecha cual es el ejecutado real.-

3- Cuál es el estado en que se encuentra cada Defensoria Zonal en relación a su infraestructura. Acompañe un informe detallado al respecto de cada defensoria.

4- Detalle la nomina del personal afectado a cada Defensoria Zonal, indicando el numero de profesionales, numero de agentes administrativos y de servicios generales.-

5- Si dicho personal corresponde a la planta permanente del Gobierno de la Ciudad y que capacitación se le brinda para mejorar el desempeño de dichas defensorias.

6- Qué cantidad de Promotores Sociales prestan servicios en cada Defensoria Zonal.-

7- Qué programas desarrolla cada una para cumplimentar el objetivo de su creación.-

8- Formule una evaluación fundada sobre el funcionamiento de las Defensorias Zonales, con la Asesoría tutelar de la Ciudad de Buenos Aires y con los juzgados de Familia con competencia en la ciudad.-

9- Si se cuenta con datos estadísticos de casos planteados en cada Defensoria, en caso afirmativo, acompañarlos.

Art.2 °.- Comuníquese, etc.

Fundamentos

Señor Presidente:



El presente proyecto tiene por objeto que el Poder Ejecutivo responda sobre el actual estado de funcionamiento de las Defensorías Zonales.
Las Defensorías brindan servicios de protección y promoción de derechos en distintos barrios de la ciudad, y se ocupan de dar una respuesta cuando los derechos de niños, niñas y adolescentes no son respetados, o cuando es necesario remover obstáculos que impiden el pleno ejercicio de los mismos.
Las defensorías son unidades descentralizadas del Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la CABA que se encuentran obligadas a intervenir en toda situación de amenaza o vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes, según lo establece el art. 70 de la Ley 114. En este sentido, cuando la vulneración sea consecuencia de la falta de acceso a una política pública, tienen que intervenir para establecer cuál es la situación de amenaza de esos derechos, las estrategias a implementar, los tiempos estimados para hacerla cesar y reparar sus consecuencias.

Las Defensorias son un espacio abierto a la consulta de los niños, niñas adolescentes, y a sus familiares u organizaciones de la comunidad, quienes pueden concurrir ante distintas situaciones problemáticas que se les planteen a niños, niñas y adolescentes, en la familia, en la escuela, en el trabajo, en la calle, con la policía o en el hospital, entre otras situaciones.


La Defensoría del Pueblo comprobó a través de las denuncias de los propios afectados y de relevamientos realizados las siguientes deficiencias: falta de recursos humanos, condiciones de precarización laboral, alta rotación de personal especializado, la inadecuación de los lugares de trabajo, falta de equipamiento técnico, y desempeño de tareas en situación de hacinamiento.

En este sentido, cabe informar que si el Consejo y sus dependencias funcionales no cuentan con las herramientas necesarias para desarrollar sus cometidos, se pone en riego la protección integral de los derechos de los niños, con las consecuencias que ello implica.



Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.

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