lunes, 17 de octubre de 2011



EL PODER EJECUTIVO INFORMARA SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE ALIMENTACION DE LOS HOGARES DE RESIDENCIA PERMANENTE PARA ADULTOS MAYORES, DEPENDIENTES DE LA SUBSECRETARIA DE LA TERCERA EDAD.



PROYECTO DE RESOLUCIÓN


ARTICULO 1: El Poder Ejecutivo informara dentro de los 20 días de recibido el presente, a través de los Organismos correspondientes sobre los puntos que a continuación se detallan, relacionados con el funcionamiento del servicio de alimentación de los Hogares de Residencia Permanente para Adultos Mayores, dependientes de la Subsecretaría de Tercera Edad:

a) Empresas que tienen la concesión de los servicios de alimentación.

b) Fecha de inicio de la contratación y finalización formal del servicio. En el caso de encontrarse vencido el plazo fijado en la Licitación Pública, detalle razones de la prórroga y acto administrativo que la regula, para cada Hogar.

c) Especifique si existen controles internos de calidad, área responsable, frecuencia y registro. Modalidad de información de los mismos a los proveedores.

d) Cada cuanto se realiza la inspección bromatológica de los alimentos por parte de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria. Remitir copia de los informes técnicos de cada uno de los Hogares.

e) Si el personal encargado del servicio de atención es tercerizado y pertenece a la empresa que realiza el servicio.

f) Si se realizan inspecciones en el lugar donde la empresa almacena los alimentos. Remitir informes técnicos realizados.

g) Si la dieta esta armada de acuerdo a las necesidades de cada adulto mayor según su estado de salud.

h) Especifique monto por ración para cada Hogar.

i) Indique monto total del valor del servicio.

j) Indique el total de personal tercerizado utilizado para llevar a cabo el servicio en todos los Hogares. Discrime por Hogares.

FUNDAMENTOS

"La Ciudad garantiza a las personas mayores la igualdad de oportunidades y trato y el pleno goce de sus derechos. Vela por su protección y su integración económicas y socioculturales, y promueve la potencialidad de sus habilidades y experiencias. Para ello desarrolla políticas sociales que atienden sus necesidades específicas y elevan su calidad de vida; las ampara frente a situaciones de desprotección y brinda adecuado apoyo al grupo familiar para su cuidado, protección, seguridad, y subsistencia ; promueve alternativas a la institucionalización".

La institucionalización de los adultos mayores es para la sociedad, en muchos casos, un fracaso. Que los ciudadanos no puedan desarrollara sus vidas en sus ámbitos cotidianos, muestra que las sociedades han fallado en sus estrategias a mediano y largo plazo. Siendo esto una realidad universal, debemos velar por las condiciones y la calidad de vida de los adultos mayores residentes de Hogares propios de la Ciudad, de los cuales el estado e s único y absoluto responsable.
Sabido es que tercerizar la ejecución de algunos servicios puede resultar más eficiente que brindarlos con recursos propios. Lo que el estado no deber delegar en ningún caso es el control de dichos servicios.

La alimentación es una función básica y vital para cualquier ser humano, en el caso de los grupos vulnerables se vuelve prioritaria ya que una dieta equilibrada y suficiente en cantidad y calidad asegura un estado de salud adecuado y una mayor calidad de vida.

Las contrataciones de los servicios alimentarios suele ser complejas en su cumplimiento y seguimiento. Se requiere personal capacitado y un nivel de minuciosidad importante ya que el mismo presenta múltiples aristas a controlar.

Es por todo lo expuesto que solicitamos la aprobación de éste Proyecto de Resolución.





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